En el marco del autocontrol, los organismos de integración fiscalizan a sus empresas solidarias afiliadas y solamente a ellas, representando un acuerdo societario. En el autocontrol el Estado no tiene potestad para intervenir directamente en las actividades de las empresas solidarias, salvo la comisión de faltas o delitos graves, o en ejercicio de su poder genérico de policía administrativa.